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Resolución de Conflictos | Arrubla Devis
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Protocolo de audiencias de la Rama Judicial

31 de mayo de 2024, 9:43:26 p. m.

Equipo

Soluciones jurídicas integrales | Arrubla Devis

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Santiago Vargas

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Laura Isaza

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Felipe Londoño

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Santiago Peña

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Sebastián Flórez

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- Dentro de la campaña anti trámites adelantada por el Gobierno Nacional, el 18 de enero de 2018 se expidió el Decreto 090 por el cual se reduce el universo de sujetos que deben cumplir con la obligación de registrar sus bases de datos en el sistema dispuesto por la Superintendencia de Industria y Comercio y se modifican los plazos para hacerlo.


- Los obligados a registrar sus bases de datos ante la Superintendencia de Industria y Comercio son las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos superiores a los $ 3 mil 316 millones.


- Las empresas y entidades sin ánimo de lucro, catalogadas como micro y pequeñas empresas, así como las personas naturales, no están obligadas a registrar esta información.


- Las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a $ 20 mil 225 millones, tendrán plazo de hacer su registro hasta el 30 de septiembre de 2018.


- Por su parte, las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a $ 3 mil 316 millones y hasta $ 20 mil 225 millones tendrán plazo de hacerlo hasta el 30 de noviembre de 2018.


- Las entidades públicas tendrán plazo hasta el 31 de enero de 2019. Fuente: Superintendencia de Industria y Comercio. “Gobierno Nacional reduce universo de obligados a cumplir el registro de bases de datos ante Superintendencia de Industria y Comercio.”


por admin

Ene 29, 2018.

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