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Resolución de Conflictos | Arrubla Devis
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Protocolo de audiencias de la Rama Judicial

31 de mayo de 2024, 9:43:26 p. m.

Equipo

Soluciones jurídicas integrales | Arrubla Devis

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Santiago Vargas

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Laura Isaza

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Felipe Londoño

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Santiago Peña

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Sebastián Flórez

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El Gravamen de Movimientos Financieros (4x1000) es un impuesto que cobra el Gobierno a los ciudadanos por los movimientos realizados desde las cuentas de ahorro y corrientes. Este consiste en que, por cada mil pesos de una transacción (retiros, transferencias), cuatro pesos serán destinados al pago de este impuesto.


Anteriormente, se permitía que los colombianos tuvieran una sola cuenta bancaria exenta de este gravamen. Hoy, con la reforma tributaria (Ley 2277 de 2022), se eliminaría el Gravamen a los Movimientos Financieros para las transacciones inferiores a los 350 UVT, lo que corresponde a catorce millones ochocientos cuarenta y cuatro mil doscientos pesos (COP$14.844.200).


¿Cómo beneficiarse de la exención con este cambio?


Ya no será necesario marcar una única cuenta como exenta, pues se aplicaría la exención a todas las cuentas de las que una persona sea titular, siempre y cuando la suma de todos sus movimientos sea inferior al límite establecido.


Para ello, el artículo 65 de la reforma establece la creación de un sistema de información que permita verificar, controlar y retener este impuesto cuando las transacciones superen los 350 UVT.


¿Cuándo inicia la implementación de este sistema de información?


Las entidades financieras y demás cooperativas de la misma naturaleza tendrán un plazo máximo de dos años, contados a partir de la entrada en vigencia de esta ley ( diciembre de 2022), para la creación e implementación del sistema. Mientras se cumple este plazo, que va hasta diciembre de 2024, se seguirá aplicando el beneficio en la cuenta que el titular tenga marcada como exenta.



Fuentes:

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